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La Junta de Andalucía permitirá a los ayuntamientos regular las viviendas turísticas

La Junta de Andalucía aprobó el lunes 29 de enero del 2024 un decreto que regulará los apartamentos turísticos y hoteleros y las viviendas con fines turísticos (VUT),  dándole poder a los ayuntamientos para su control y limitación

La Junta de Andalucía aprobó el lunes 29 de enero del 2024 un decreto que regulará los apartamentos turísticos y hoteleros y las viviendas con fines turísticos (VUT),  dándole poder a los ayuntamientos para su control y limitación.

En los últimos tiempos y sobre todo como consecuencia de la nueva Ley de la vivienda 12/2023 y su intervención sobre los alquileres de vivienda en zonas tensionadas, la modalidad de alojamiento con fines turísticos ha ido creciendo exponencialmente en España hasta ser un verdadera problema para las ciudades.

Según la nueva normativa los ayuntamientos podrán limitar el número de viviendas con fines turísticos de un edificio o sector urbanístico.

Los ayuntamientos en el punto de mira del Decreto sobre pisos turísticos

El borrador hecho público establecía  en su exposición de motivos  la importancia de que con la nueva normativa «se da seguridad jurídica en la aplicación de la norma para delimitar competencias con respecto a las que corresponde aplicar a las corporaciones locales en materia urbanística y de planificación de su territorio, y tal como establece la Sentencia del Tribunal Supremo número 625/2020 de 1 junio, ante impugnación del decreto gallego con idéntica redacción«.

Así mismo la Junta de Andalucía  añadía que «no se prevé una limitación o restricción concreta a la actividad económica sobre las viviendas de uso turístico, sino que se autoriza a los ayuntamientos a hacerlo en el ámbito de sus competencias»

Justifica la Junta de Andalucía que el Supremo a su vez entiende que «la posible limitación establecida por un Ayuntamiento será la que habrá que ser sometida a un escrutinio estricto desde la perspectiva de la garantía del mercado y la competencia».

Novedades del Decreto sobre viviendas turísticas en Andalucía

El Decreto reconoce la competencia de ayuntamientos para establecer limitaciones, prohibiciones, o condicionantes sobre los pisos turísticos por razones urbanísticas de ubicación.

Se incorporan nuevos requisitos respecto a los previstos en el Decreto 28/216, de 2 de febrero, para ejercicio de una actividad económica, como es la prestación del servicio turístico de alojamiento de viviendas, acorde con la normativa europea y nacional que regula los principios de libre acceso al mercado.

El procedimiento de regulación de los pisos turísticos supone que los ayuntamientos deben comprobar la legalidad urbanística del alta de una vivienda con fines turísticos en el Registro de Turismo. Además deberán establecer la figura de «empresa explotadora», es decir la identificación del prestador real del servicio turístico. Se garantiza así la profesionalización de la actividad, la calidad de los servicios turísticos prestados y los derechos de los usuarios.

Respecto a los apartamentos turísticos, se definen las diferentes especialidades, incidiendo en que ningún establecimiento podrá incurrir en discriminación ni prohibición hacia colectivos no preferentes. También se amplía el período de ocupación de las unidades de alojamiento que se establece desde las 15 horas del primer día del periodo contratado hasta las 11.00 horas del día señalado como fecha de salida.

Cambios en los requisitos establecidos para las viviendas turísticas

Siguiendo la línea de la reciente regulación de los establecimientos hoteleros, se han eliminado a su vez parte de los requisitos exigidos para la prestación del servicio de alojamiento turístico. Se elimina la exigencia de obligaciones estructurales cuando los que corresponden por normativa sectorial ya los hacen idóneos para el fin pretendido. Se permiten sin embargo servicios prestados incluso por personas o entidades distintas del titular de la explotación del alojamiento turístico, siempre que reúnan determinados requisitos, y siempre que no se ponga en duda el principio de unidad de explotación

Además van a establecerse según el Gobierno andaluz nuevos requisitos de habitabilidad  y confort como son los de superficie máxima por persona, el número de baños o la climatización, entre otros.

Otra novedad prevista es la celebración de convenios  de colaboración e intercambio de información entre empresas de turismo inmobiliario para fortalecer el sector.

Más info: https://www.inmonews.es/junta-andalucia-permitira-ayuntamientos-regular-viviendas-turisticas/